 |  | | La paga extra cuando cambia la categoria. |
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Publicado: Sab Jul 26, 2008 1:22 |
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| yomismo |
| Pisapedales |
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| Registrado: 03 Jun 2008 |
| Mensajes: 36 |
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Muy buenas tengo una duda y que mejor que pedir ayuda aqui el tema es que yo era camillero y en octubre del 2007 cambie de categoria a conductor con lo cual me tuvieron que liquidar , pero a la hora de cobrar la paga extra de verano no e percibido el 100 por 100 del sueldo de un conductor si no el 75 por ciento segun ellos por que la paga se va generando y digo yo si yo en enero ya era conductor espero que me
podais aclarar esto por que no lo entiendo y gacias de antemano |
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Publicado: Sab Jul 26, 2008 12:12 |
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| Yacarta |
| Colaborador |

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| Registrado: 07 Oct 2006 |
| Mensajes: 379 |
| Ubicación: Ni yo, se donde estoy |
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| yomismo escribió: |
Muy buenas tengo una duda y que mejor que pedir ayuda aqui el tema es que yo era camillero y en octubre del 2007 cambie de categoria a conductor con lo cual me tuvieron que liquidar , pero a la hora de cobrar la paga extra de verano no e percibido el 100 por 100 del sueldo de un conductor si no el 75 por ciento segun ellos por que la paga se va generando y digo yo si yo en enero ya era conductor espero que me
podais aclarar esto por que no lo entiendo y gacias de antemano |
Efectivamente es así... al liquidarte como camillero supongo que te darían la parte proporcional de la paga de verano que hubieras generado (3 meses) y por eso te corresponde el 75% de la de este año.... me explico un poco mas.....
las pagas se generan en doceabas partes, por lo que para este año en la paga de verano te corresponden 9 meses que equivalen al 75% de la paga.
Espero haber resuelto tu duda...Saludos  |
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Apartasus....que no llevo frenos.... |
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Publicado: Sab Jul 26, 2008 12:47 |
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| yomismo |
| Pisapedales |
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| Registrado: 03 Jun 2008 |
| Mensajes: 36 |
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| muchas gracias me as servido de bastante ayuda la verdad mucas gracias yacarta |
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Publicado: Sab Jul 26, 2008 12:52 |
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| Yacarta escribió: |
| yomismo escribió: |
Muy buenas tengo una duda y que mejor que pedir ayuda aqui el tema es que yo era camillero y en octubre del 2007 cambie de categoria a conductor con lo cual me tuvieron que liquidar , pero a la hora de cobrar la paga extra de verano no e percibido el 100 por 100 del sueldo de un conductor si no el 75 por ciento segun ellos por que la paga se va generando y digo yo si yo en enero ya era conductor espero que me
podais aclarar esto por que no lo entiendo y gacias de antemano |
Efectivamente es así... al liquidarte como camillero supongo que te darían la parte proporcional de la paga de verano que hubieras generado (3 meses) y por eso te corresponde el 75% de la de este año.... me explico un poco mas.....
las pagas se generan en doceabas partes, por lo que para este año en la paga de verano te corresponden 9 meses que equivalen al 75% de la paga.
Espero haber resuelto tu duda...Saludos  |
| yomismo escribió: |
| el 60 por ciento el dia 7 y a finales el 40.......... |
Pero tu empresa no era la que pagaba la extra en 2 veces ??,...... entonces te habrán pagado menos aún!!! o al final la empresa te la pagó entera ???  |
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Publicado: Sab Jul 26, 2008 12:54 |
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| yomismo |
| Pisapedales |
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| Registrado: 03 Jun 2008 |
| Mensajes: 36 |
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bubu siempre estas igual maxo ee ami entera
me ido en julio |
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Publicado: Dom Jul 27, 2008 12:52 |
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| bubu escribió: |
| yomismo escribió: |
Muy buenas tengo una duda y que mejor que pedir ayuda aqui el tema es que yo era camillero y en octubre del 2007 cambie de categoria a conductor con lo cual me tuvieron que liquidar , pero a la hora de cobrar la paga extra de verano no e percibido el 100 por 100 del sueldo de un conductor si no el 75 por ciento segun ellos por que la paga se va generando y digo yo si yo en enero ya era conductor espero que me
podais aclarar esto por que no lo entiendo y gacias de antemano |
Pero tu empresa no era la que pagaba la extra en 2 veces ??,...... entonces te habrán pagado menos aún!!! o al final la empresa te la pagó entera ???
| yomismo escribió: |
| el 60 por ciento el dia 7 y a finales el 40.......... |
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| yomismo escribió: |
bubu ...... ee ami entera
me ido en julio |
aahhh ahora entendemos esa defensa que hacias del famoso pacto para que se pagase la paga extra en dos veces !!! |
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Ultima edición por bubu el Dom Jul 27, 2008 19:41, editado 1 vez |
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Publicado: Dom Jul 27, 2008 19:23 |
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| Ser+masero |
| Administrador |

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| Registrado: 06 Oct 2006 |
| Mensajes: 959 |
| Ubicación: Mu cerquita de las enfermeras |
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Buenas yomismo, lo de que te tuvieron que liquidar lo dices por que tenias un contrato temporal, por que de no ser asi no tendria sentido.
El cambio de categoria profesional no deberia afectar ni a la antiguedad, ni te tienen que liquidar nada. Se abonan las partes proporcionales al tiempo que se ha permanecido en ambas categorias y ya esta.
Un saludo.  |
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Publicado: Lun Jul 28, 2008 11:54 |
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| yomismo |
| Pisapedales |
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| Registrado: 03 Jun 2008 |
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| ya es hay donde dudo por que me contrato y era indefinido por quue pase por una subrogacion y el cambio de categoria lo he hecho en la empresa subrogada cuando tenga la nomina de la paga lo vere mejor |
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Publicado: Lun Jul 28, 2008 18:27 |
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Hola yomismo, no hace falta que esperes a ver la nómina, comprueba si en las nominas de octubre-noviembre de 2007, cuando indicas que cambiaste de categoría llegaste a cobrar algún tipo de liquidación. |
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Publicado: Mie Jul 30, 2008 0:26 |
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| yomismo |
| Pisapedales |
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| Registrado: 03 Jun 2008 |
| Mensajes: 36 |
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| en cambio de categoria percibi la liquidacion correspondentiente |
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Publicado: Mie Jul 30, 2008 17:14 |
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| Ser+masero |
| Administrador |

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| Registrado: 06 Oct 2006 |
| Mensajes: 959 |
| Ubicación: Mu cerquita de las enfermeras |
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Pues si tenias un contrato indefinido, el contrato que deberias de tener ahora deberia ser ese y no otro. Al cambiar de categoria no deberias de haber percibido ninguna liquidacion. Se adaptan los conceptos a la nueva categoria (salario base, antiguedad y la formula de las horas de presencia si se hacen ....) y llegado el momento de las pagas, se abonan las partes proporcionales correspondientes a los meses trabajados en ambas categorias.
Si como dices te han liquidado, y con los datos que aportas hasta el momento da la sensacion de que te han cambiado el tipo de contrato, y que ademas has perdido tu antiguedad si la tenias. Este deberia de haber sido el primer concepto que deberias haber comprobado en tu nueva nomina como conductor, ademas de otros datos para evitar problemas futuros, como el numero de afiliacion a la seguridad social por ejemplo.
Siempre que se produzcan cambios en los contratos, subrogaciones o cambios de categoria conviene observar y comprobar algunos datos. No estaria demas que solicites un informe de vida laboral y las bases de cotizacion para contrastar informacion.
Un saludo.  |
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Publicado: Vie Ago 01, 2008 0:25 |
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| yomismo |
| Pisapedales |
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| Registrado: 03 Jun 2008 |
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| no no ser mase no me explique bien rson las partes proporcionales a cada categoria mi antiguedad es la misma que tenia de camillero eso no lo han tocado solo ha cambiado en que antes ponia camillero ahora conductor |
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